Ley N° 5872

Extracto:
DISPONESE EN EL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, LA INCORPORACION DE HERRAMIENTAS TECNICAS Y/O METODOS DE DETECCION TEMPRANA DE TRASTORNOS COGNITIVOS, EN EL MARCO DE LA CONSULTA DE ATENCION PRIMARIA PARA TODAS AQUELLAS PERSONAS MAYORES DE CINCUENTA Y CINCO (55) AÑOS


  • Publicada en Bolentín Oficial:

    N° 91 - 12/11/2024

  • Fecha de Sanción:

    10/10/24

  • Decreto N°:

    1078

  • Fecha de Promulgación:

    29/10/24

  • Adhesión Ley Nacional:

    No Registra

  • Estado:

    VIGENTE

  • Tratamiento Parlamentario:

    5872 Ver Tratamiento

  • Texto Actualizado:

    No Registra

contenedorQR

Modificada por Ley

La Ley no registra modificatorias.




Decreto/s Reglamentario/s

La Ley no registra modificatorias.




Articulado


ARTÍCULO 1°.- Crease el Programa de Detección Temprana de Trastornos Cognitivos en el marco de la consulta de atención primaria para las personas mayores de cincuenta y cinco (55) años. ARTÍCULO 2°.- Designase Autoridad de Aplicación al Ministerio de Salud o al organismo que en el futuro lo reemplace. ARTÍCULO 3°.- La autoridad de aplicación debe reglamentar la presente ley en un plazo de noventa (90) días correspondientes desde su promulgación. ARTÍCULO 4°.- Dispónese como ámbito prioritario de aplicación del presente programa tanto a sectores públicos como privados. ARTÍCULO 5°.- De forma.- FIRMANTES: GUTIERREZ-ARGERICH- DRE - LUJAN TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: N° 1078 (29/10/2024)