Ley N° 5863

Extracto:
ADHIERASE EN TODOS SUS TERMINOS AL TITULO VII DE LA LEY NACIONAL N° 27.742, DENOMINADO – REGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI)


  • Publicada en Bolentín Oficial:

    B.O. N° 78 - 27/09/2024

  • Fecha de Sanción:

    19/09/24

  • Decreto N°:

    984

  • Fecha de Promulgación:

    23/09/24

  • Adhesión Ley Nacional:

    27742

  • Estado:

    VIGENTE

  • Tratamiento Parlamentario:

    5863 Ver Tratamiento

  • Texto Actualizado:

    No Registra

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Modificada por Ley

La Ley no registra modificatorias.




Decreto/s Reglamentario/s

La Ley no registra modificatorias.




Articulado


ARTÍCULO 1°.- Adhesión. Adhiérase en todos sus términos al Título VII de la Ley Nacional N° 27.742 denominado Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI). ARTÍCULO 2°.- Alcance. La adhesión al Título VII de la Ley N° 27.742 que se efectúa en el Artículo 1° de esta ley, se realiza reafirmando la competencia, jurisdicción y legislación vigente de la Provincia de Catamarca. ARTÍCULO 3°.- Autoridad de Aplicación. El Poder Ejecutivo Provincial debe designar la Autoridad de Aplicación de la presente ley. ARTÍCULO 4°.- Invitación a Municipios. Invítase a los municipios de la Provincia a adherir a la presente ley. ARTÍCULO 5°.- De forma.- FIRMANTES: GUTIERREZ- FEDELI- DRE- LUJAN TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: N° 984 (23/09/2024)