Ley N° 5421

Extracto:
CREASE UN JUZGADO DE PAZ LEGO EN EL DEPARTAMENTO BELEN


  • Publicada en Bolentín Oficial:

    N? 10, 03 DE FEBRERO DE 2015

  • Fecha de Sanción:

    15/10/14

  • Decreto N°:

    2633

  • Fecha de Promulgación:

    30/12/14

  • Adhesión Ley Nacional:

    No Registra

  • Estado:

    VIGENTE

  • Tratamiento Parlamentario:

    5421 Ver Tratamiento

  • Texto Actualizado:

    No Registra

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Modificada por Ley

La Ley no registra modificatorias.




Decreto/s Reglamentario/s

La Ley no registra modificatorias.




Articulado


ARTICULO 1.- Modificase el Artículo 1 de la Ley Provincial Nº 5.030 que quedará redactado de la siguiente forma: "ARTICULO 1.- Créase un Juzgado de Paz lego con asiento en la localidad de Hualfin, departamento Belén con jurisdicción en los distritos de los Municipios de Hualfin, Villa Vil y San Fernando". ARTICULO 2.- Créase un Juzgado de Paz Lego con asiento en la localidad de Corral Quemado, departamento Belén, con jurisdicción en los distritos de los Municipios de Corral Quemado y Puerta de Corral Quemado. ARTICULO 3.- La competencia, deberes y atribuciones de los Juzgados de Paz Lego que se crean por las disposiciones de los Artículos 1 y 2 de la presente ley, serán las establecidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de Catamarca. ARTICULO 4.- De forma FIRMANTES: MERA - RIVERA - AGUERO - BELLON TITULAR DEL PEP: Dra. LUCIA B. CORPACCI DECRETO DE PROMULGACION: Nº 2633 (30/12/14)